EL GRAN HERMANO ENTRA EN NUESTRAS VIDAS... (vía Real Decreto)
De los derogadores (de boquilla) de la "Ley Mordaza", ahora nos llega la implementación del Real Decreto Soy el Gran Hermano y Te Estoy Vigilando. Lo hace de rondón y, curiosamente, de la mano del gobierno más progresista de la historia, por la vía de aceptar la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Popular del 23 de octubre de 2024 instando a revisar y adecuar y poner en marcha la normativa derivada del Real Decreto 933/2021, promulgado el 26 de octubre de 2021 que, efectivamente, entra en vigor desde el 2 de diciembre y obliga a las empresas de hospedaje y de alquiler de vehículos a recopilar y transmitir al Ministerio del Interior un montón de datos personales de sus clientes.
Presentado como una herramienta para reforzar la "seguridad ciudadana y combatir el terrorismo y el crimen organizado", el RD ha desatado la protesta de hosteleros y arrendadores de coches por las cargas administrativas y burocráticas que conlleva para ellos, pero el dato relevante para cualquier ciudadano de bien y amante de las libertades es la violación de derechos fundamentales que implica, ya que, siendo más que dudoso que garantice la seguridad, lo que es seguro es que afecta a las libertades individuales recogidas en la Constitución Española (CE)
El decreto exige a las empresas registrar los datos sensibles de sus usuarios, como nombre completo, número de documento de identidad, nacionalidad, fecha de nacimiento, lugar de residencia, datos de contacto, datos bancarios, número de viajeros e incluso parentesco en caso de menores, etc., etc. Además, deben transmitir esta información al Ministerio del Interior de forma inmediata y conservarla durante tres años. Las sanciones por incumplimiento oscilan entre los 100 y los 30.000 euros. En esencia, cualquier persona que se aloje en un hotel o alquile un vehículo queda escrutada, espiada y registrada en un sistema centralizado, sin necesidad de autorización judicial previa, lo que expone a los ciudadanos a un abuso aberrante del poder estatal.
Sin necesidad de mucho análisis, se observa que el RD, colisiona claramente con varios derechos constitucionales reconocidos por la CE de 1978:
- Derecho a la intimidad personal y familiar (artículo 18.1), el cual protege a los ciudadanos contra injerencias arbitrarias en su vida privada. Conforme ha señalado el Tribunal Constitucional, cualquier intromisión en la vida privada de un ciudadano debe estar motivada por una causa legítima y contar con garantías suficientes para evitar abusos, entre ellas la autorización judicial. Por otra parte, es obvio que la centralización de datos sensibles aumenta los riesgos de filtraciones y mal uso, especialmente ante precedentes recientes de ciberataques a bases estatales.
- Protección de datos personales (artículo 18.4), que establece que el uso de las nuevas tecnologías debe respetar la privacidad de los ciudadanos. Y obvio es que la recopilación masiva sin consentimiento expreso ni supervisión judicial contraviene este principio, y, además, viola expresamente la Directiva General de Protección de Datos de la UE (GDPR), que exige medidas estrictamente necesarias y proporcionadas, algo que el Real Decreto no cumple.
- Libertad de circulación (artículo 19). Aunque el RD no restringe explícitamente los desplazamientos, la mera obligación de registrar detalles como fechas de entrada y salida puede tener un efecto condicionante, ya que los ciudadanos pueden sentirse vigilados y condicionados en sus decisiones de viaje, limitando indirectamente su libertad.
- Presunción de inocencia (artículo 24.2). El Tratar a los ciudadanos como potenciales sospechosos, mediante una vigilancia preventiva global de todos, contradice la doctrina constitucional, que exige que las medidas restrictivas se apliquen solo en casos concretos y con justificación suficiente.
Es bueno recordar que el Tribunal Constitucional ha reiterado que las limitaciones a los derechos fundamentales deben cumplir tres principios básicos:
- Proporcionalidad: Las medidas deben ser necesarias, adecuadas y no excesivas. Sin embargo, la centralización de datos personales bajo este RD es desproporcionada, pues existen métodos menos invasivos para garantizar la seguridad pública que se pretende.
- Reserva de ley orgánica: Como es sabido, las restricciones a derechos fundamentales deben estar reguladas mediante una Ley Orgánica, no mediante decretos. El Real Decreto, por tanto, no alcanza el nivel de exigencia de jerarquía normativa más elemental.
- Autorización judicial previa: Las intromisiones en derechos como la privacidad deben contar con supervisión judicial. Este decreto, sin embargo, permite el acceso directo a los datos por parte de cuerpos policiales y fiscales sin ese control judicial.
Más allá de la vulneración de derechos, el decreto incrementa la vulnerabilidad de los datos personales al centralizarlos en una única base de datos, convirtiéndolos en un objetivo atractivo para ciberdelincuentes. Ejemplos recientes, como el robo de información tributaria, muestran cómo las bases de datos estatales no están exentas de ataques.
Además, la recopilación masiva sin supervisión judicial abre la puerta al uso político de esta información. En España, ya se han presenciado filtraciones de datos confidenciales destinadas a perjudicar a rivales políticos, lo que demuestra que el riesgo de uso indebido no es hipotético, sino real.
El Real Decreto 933/2021 resulta una pura aberración jurídica que, además, constituye una peligrosa invasión del Estado de la privacidad de los ciudadanos y sienta un preocupante precedente siniestro hacia la normalización de la vigilancia masiva. Aunque la seguridad pública es un objetivo legítimo, no puede lograrse a costa de sacrificar derechos fundamentales. Es imprescindible que estas medidas se ajusten estrictamente a los principios de proporcionalidad, transparencia y control judicial. El decreto no solo pone en riesgo la privacidad individual, sino que también abre la puerta a un futuro donde la vigilancia estatal sea la norma, y no la excepción.
En definitiva, con el Real Decreto, el PSOE y Sumar no sólo no derogan la Ley Mordaza, incumpliendo reiteradamente su programa electoral para el que nos pidieron el voto, sino que ahora, a plena luz del día perpetran esta aberración de abuso sobre la vida de las personas y su derecho a la libertad, a la privacidad y a la intimidad, llevando a cabo un control total de nuestra vida, decisiones y movimientos sobre la base de presumirnos delincuentes potenciales…
Esto, por tanto, no es solo cosa de los intereses de los hosteleros o alquiladores de coches, sino un problema de derechos constitucionales y civiles y se echa en falta la movilización de los partidos, tertulianos o intelectuales orgánicos firmante de, cuestionando esta aberración inconstitucional. Es, de nuevo, la demostración empírica del corrimiento de la legislación ordinaria en la sociedad moderna hacia la legislación de excepción y control, o sea, hacia el fascismo democrático (valga el oxímoron), y a ti te encontré en la calle...
Marlaska, en la en la UE, celebrado ministro del interior español por su exquisito respeto a los derechos civiles y humanos, -tanto cuando hacía de juez como ahora que funge de ministro-, debe estar frotándose las manos. No hay para menos, ¡48 millones de presuntos delincuentes, controlados hasta en las pegatinas que tienen en la puerta de la nevera! Ya te digo...